A esta pregunta dan respuesta
la Circular Nº 9458 del 10 de febrero del 2015 (reglamento de la elección
municipal) y la vieja ley 1712 de 1925 con sus modificaciones de 1942 y 2007
(Ley complementaria de las elecciones)
Capítulo XIII de la Reglamentación de
las elecciones municipales
Del cómputo de votos
emitidos para los Municipios.
Artículo 54º - (De la regla para el cómputo de dichos votos a los
efectos de la adjudicación de cargos).
Se aplicará lo dispuesto por la ley N° 7.912, de 22 de octubre de 1925.
Para adjudicar los cargos obtenidos por cada lema en el Municipio se
irá primeramente a los sublemas, si se hubieran utilizado, y a las listas que
no tuvieren sublema.
Para la atribución del cargo de Alcalde se estará a lo dispuesto
por los dos primeros incisos del artículo 14° de esta reglamentación.
En cuanto a la Ley 1712 nos
aclara la respectiva distribución por lemas (Artículo 5), Sublemas (Artículo 6)
y listas (Artículo 7)
ARTICULO 5°. En las
elecciones de Colegios Electorales de Senador, miembros de las Asambleas Representativas,
Consejos de Administración Local y Juntas Electorales, las Juntas Electorales
practicarán el escrutinio en la forma siguiente:
b) Se determinará para cada elección el cociente electoral dividiendo el total de votos válidos correspondientes a la circunscripción por el número de puestos electivos que correspondan a ella.
c) Se agruparán y contarán todos los votos válidos que tengan el mismo lema y se le adjudicará a cada lema tantos puestos electivos como veces esté contenido el cociente electoral en el número de votos obtenidos por el lema.
d) Para la distribución de los puestos restantes se dividirá el número de votos de cada lema por el de puestos que ya se le haya adjudicado más uno y se asignará un puesto más al lema que dé un cociente mayor en esta última operación. Si varios cocientes iguales fueran los mayores, se asignará un puesto más a cada lema correspondiente, siempre que alcanzare el número de puestos a distribuir. Si ese número no alcanzare, la asignación se hará a los lemas por el orden decreciente del número total de votos válidos que cada lema haya obtenido en la circunscripción.
e) Se repetirá la operación precedente tantas veces cuantas sean necesarias hasta adjudicar uno por uno todos los puestos restantes.
ARTICULO 6°. Fijado el número de puestos
correspondientes a cada lema, se le distribuirá entre los sub-lemas con arreglo a la siguiente disposición:
1°) Se
determinará el cociente de cada lema, dividiendo el total de sus votos válidos correspondientes
a la circunscripción, por el número de puestos adjudicables a dicho lema en las
operaciones anteriores.
2°) Se
agruparán y contarán todos los votos válidos que tengan el mismo sublema y se
le adjudicará a cada sublema tantos puestos electivos como veces esté contenido
el cociente del lema en el número de votos obtenidos por el sublema.
3°) Para la
distribución de los puestos restantes se dividirá el número de votos de cada
sublema por el de puestos que ya se le haya adjudicado más uno, y se asignará
un puesto más al sublema que dé un cociente mayor en esta última operación.
Si varios
cocientes iguales fueran los mayores, se asignará un puesto más a casa sublema correspondiente,
siempre que alcanzare, el número de puestos a distribuir. Si ese número no
alcanzare, la asignación se hará los sublemas por el orden decreciente del
número total de votos válidos que cada sublema haya obtenido en la
circunscripción.
4°) Se
repetirá la operación precedente, tantas veces cuantas sean necesarias, hasta
adjudicar uno por
uno todos los puestos restantes.
ARTICULO 7°. Fijado el número de puestos
correspondientes a cada sublema, se les distribuirá entre las listas diferenciadas por distintivos,
para lo cual se procederá así:
1°) Se
determinará el cociente de cada sublema dividiendo el total de votos válidos correspondientes
a la circunscripción y emitidos a favor de cada sublema por el número de
puestos adjudicados al correspondiente sublema en las operaciones anteriores.
2°) Se
agruparán y contarán todos los votos válidos que tengan el mismo distintivo y
se les adjudicará a cada lista tantos puestos electivos como veces esté
contenido el cociente del sublema en el número de votos obtenidos por la lista.
3°) Para la
distribución de los puestos restantes se dividirá el número de votos de cada
lista por el de puestos que se le haya adjudicado más uno, y se le asignará un puesto
más a la lista que dé un cociente mayor en esta última operación.
Si varios
cocientes iguales fueran los mayores, se asignará un puesto más a cada lista
correspondiente, siempre que alcanzare el número de puestos a distribuir. Si
ese número de puestos no
alcanzare,
la asignación se hará a las listas por el orden decreciente del número total de
votos válidos que cada lista haya obtenido en la circunscripción.
4°) Se repetirá la operación
precedente tantas veces cuantas sean necesarias, hasta adjudicar uno.
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