miércoles, 6 de mayo de 2015

Causas de anulación del voto

La circular Nº 9458 de la Corte electoral del día 10 de febrero de 2015 referida al reglamento de la elección Municipal establece lo siguiente con respecto a las causas de la anulación del Voto:




Artículo 45º - (De los casos en los que corresponde la anulación de hojas de votación).
Se anularán las hojas de votación en los siguientes casos:

A - Si dentro del sobre aparecen hojas de votación conteniendo listas de candidatos a Intendente y Junta Departamental de distinto lema que la hoja para las elecciones municipales.

B – Si dentro del sobre aparecen hojas de votación para la misma elección de distinto lema.

C - Si dentro del sobre aparecen hojas de votación acompañadas de cualquier elemento extraño a la elección (se considerarán comprendidos en dicho concepto, las hojas de votación correspondientes a otro Departamento. papeles en blanco o manuscritos, documentos, pequeños objetos, etc.).

D - Si dentro del sobre aparecen hojas de votación señaladas con cualesquiera signos, enmendaduras, testaduras o nombres manuscritos agregados.

E - Si dentro de un sobre aparecen hojas de votación idénticas que excedieran de dos.
En los casos precedentemente indicados se anularán todas las hojas de votación incluidas en el sobre.

Si las hojas de votación idénticas que aparecen dentro del mismo sobre no excedieran de dos, se validará una, anulándose la otra. Se dejará constancia en la hoja de la causa de la anulación y se guardará en la urna.
Si dentro del sobre aparece una o más hojas de votación correspondientes a otro Municipio del mismo Departamento solo se anularán las hojas de votación correspondientes a las elecciones municipales, validándose, si correspondiere al caso, la hoja o las hojas de votación correspondientes a la elección departamental.

Artículo 47° - (De los casos en los que no procede la anulación).
Las roturas o dobleces que pueda presentar la hoja de votación no darán motivo para su anulación a menos que por su magnitud o singularidad demuestren la clara intención del votante de violar el secreto del voto.
Tampoco podrán anularse las hojas de votación con errores de impresión en el nombre o nombres de los candidatos.

Importante: Si su lista le fue entregada en una funda de nylon, recuerde quitar el mismo antes de depositarla en la urna. El nylon se considera un "elemento extraño a la elección y su voto será anulado.

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