La circular Nº 9458 de la Corte electoral del día 10
de febrero de 2015 referida al reglamento de la elección Municipal establece lo
siguiente con respecto a las causas de la anulación del Voto:
Artículo 45º - (De los casos en los
que corresponde la anulación de hojas de votación).
Se anularán las
hojas de votación en los siguientes casos:
A - Si dentro del
sobre aparecen hojas de votación conteniendo listas de candidatos a Intendente
y Junta Departamental de distinto lema que la hoja para las elecciones
municipales.
B – Si dentro del
sobre aparecen hojas de votación para la misma elección de distinto lema.
C - Si dentro del
sobre aparecen hojas de votación acompañadas de cualquier elemento extraño a la
elección (se considerarán comprendidos en dicho concepto, las hojas de votación
correspondientes a otro Departamento. papeles en blanco o manuscritos, documentos,
pequeños objetos, etc.).
D - Si dentro del
sobre aparecen hojas de votación señaladas con cualesquiera signos,
enmendaduras, testaduras o nombres manuscritos agregados.
E - Si dentro de un
sobre aparecen hojas de votación idénticas que excedieran de dos.
En los casos
precedentemente indicados se anularán todas las hojas de votación incluidas en
el sobre.
Si las hojas de
votación idénticas que aparecen dentro del mismo sobre no excedieran de dos, se
validará una, anulándose la otra. Se dejará constancia en la hoja de la causa
de la anulación y se guardará en la urna.
Si dentro del sobre
aparece una o más hojas de votación correspondientes a otro Municipio del mismo
Departamento solo se anularán las hojas de votación correspondientes a las
elecciones municipales, validándose, si correspondiere al caso, la hoja o las hojas
de votación correspondientes a la elección departamental.
Artículo 47° - (De los casos en los que no
procede la anulación).
Las roturas o
dobleces que pueda presentar la hoja de votación no darán motivo para su
anulación a menos que por su magnitud o singularidad demuestren la clara
intención del votante de violar el secreto del voto.
Tampoco podrán
anularse las hojas de votación con errores de impresión en el nombre o nombres
de los candidatos.
Importante: Si su
lista le fue entregada en una funda de nylon, recuerde quitar el mismo antes de
depositarla en la urna. El nylon se considera un "elemento extraño a la
elección y su voto será anulado.
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